SOCIEDAD CIVIL : PROPUESTA- PARA SORDOS!


Fundamentada en que el acuerdo de paz, deberá tener la característica de un tratado, para que lo pactado en él, sea seguro y genere una paz duradera y estable.Debe ser principal frente a mecanismos como el REFERENDO y CONSTITUYENTE,que de utilizarse por las partes,sólo podrían convalidar e integrar constitucionalmente sus predicandos, pero en ningún caso Infirmarlos,porque de lo contrario las partes y la Comunidad Internacional, quedarían burladas en la mesa. LA SOCIEDAD CIVIL por medio de este proponente, señala como procedimiento erróneo, el punto de la Reparación de las víctimas antes de la firma final del acuerdo.este se debe posponer para cuando ocurra la finalización y debe atarse a éste.El cese bilateral es posible, parametrando el acuerdo a 6 meses para los puntos que faltan.