EL ERROR ES DE LA CORTE INTERNACIONAL

Si señores tratadistas de derecho público iternacional. La burrona Corte como he dicho se equivocó de cabo a rabo.Creyendo brillar con derecho, brilló con afrecho. Utilizó una ley diferente a la que debía aplicar, para el caso.Cual ley debia usar, pues la que regía para el caso en concreto, tratandose ya de la existencia de un tratado,(1936) esguerra -Barcenas)y estando depor medio el IUTIS POSSIDETIS IURIS,lo aplicable era la ley que establecía las 12 millas marinas vigente en los tratados, no la de las 200 que puso en vigencia la Convención del mar de 1982.