ACOTACIONES A LA REFORMA A LA JUSTICIA

 SOLUCION A PROBLEMATICAS NACIONALES- tuve la oportunidad como muchos otros colombianos, de vivir la experiencia de cuando en Colombia, administraban justicia, los jueces. En materia penal, los juzgados de Instrucción criminal funcionaban hasta 20 veces más rápido que los actuales fiscales locales y seccionales. Los jueces penales  Superiores 30 veces con mayor celeridad que las actuales FISCALIAS DELEGADAS ANTE LOS TRIBUNALES.   Todo tiempo pasado fué mejor, dice el adagio latino. Hacer comparaciones entre los dos sistemas, es un ejercicio interesante. Aquel estaba  revestido de una sencillez impresionante. Las denuncias, se tramitaban de oficio,en circunstancias de  flagrancia, y mediante denuncia del afectado, en casos de nó flagrancia.

Los Implementos de aquellos funcionarios eran menos sofisticados que los actuales, adquirió gran reconocimiento  en aquellos memorables tiempos la OLIVETTI,  se gastaba menos dinero en mantenimiento que los computadores. y había menos excusas para justificar la parálisis judicial por la caida del sistema.  El juez podía estar ausente del despacho, pero cualquiera de los 4 funcionarios que acompañaban al juez, resolvía el entuerto. En efecto tenemos que reconocer que los jueces de la  época evocada,  trabaja con menos herramientas técnicas, que con las que trabaja hoy en día la Fiscalía;  usted presentaba la denuncia, e inmediatamente se ratificaba ante el juez. Ahora la sola ratificación puede durar 8 meses, Resolver la situación jurídica de los procesados  no tiene límite real,   UNA APELACIÓN A LA DECISIÓN ARBITRARIA,  DE UN FISCAL LOCAL O SECCIONAL, QUE PROFIERE UNA RESOLUCION DE ACUSACION, O LA DENIEGA, PUEDE DEMORAR 3 AÑOS EN RESOLVERSE. los fiscales delegados ante los tribunales, tienen enturnados, entre 300 y 400 apelaciones por fiscal.  En este momento hay crísis en la Fiscalía. El sistema reventó por dentro. Hizo implosión D.. Guillermo Mendoza Diago. Hay que decirselo al país- Estamos hablando de decenas de miles de procesos paralizados. UNA APELACIÓN EN CIRCUNSTANCIAS NORMALES, no debería tomar mas de 90 dias,  yo tengo un solo proceso y en la sola apelación ha pasado un año y 6 meses más, y hasta ahora segun el Fiscal delegado ante el tribunal de Monteria, apenas mi expediente va en el número 230, es decir que para llegar al Número mío, falta revisar y evacuar 229 procesos. Entonces si esto demora una apelación, cuanto va a demorar el proceso.? Esto es inaudíto. Aquí no hay solución para esta congestión jamás vista en los despachos de la fiscalía. LA instruccion penal paralizada, a pesar de tener el presupuesto mas grande de los órganos estatales., 

En donde esta el meollo del asunto:

De  los diagnosticos posibles,  1-) es la la macrocefalia del pensamiento investigador y otro es la elefantiasis de la actividad ejecutora.  Donde muchos piensan y estan sujetos a coordinación, la coparticipación diluye responsabilidades, ateniendose unos a los otros. Los fiscales  seccionales  o locales, son funcionarios públicos por excelencia, escondidos detrás  de un ente colosal, que inspira terror al ciudadano,  y de cuya  frivolidad, rapacidad, irresponsabilidad, abuso de poder en el ejercicio del cargo- dan cuenta numerosos hechos. Los abogados litigantes, somos a menudo  victimas de esta arrogancia para-estatal. Nos gustaría entendernos mejor con jueces, mas respetuosos de la jurisdicción y de la juridicidad. Está demostrado que funcionan mejor pequeñas unidades soberanas, bien equipadas, controladas por la jurisdicción,  como los antiguos juzgados de instruccion criminal, que complejos sistemas interdependientes, jerarquizados, como la Fiscalia, donde las responsabilidades de ejecusión se diluyen entre varios mandos de jefes, subjefes, coordinadores, directores etc. que cuando falla una da las unidades se produce corto-circuito del sistema.

2.-La otra Gran falla que advierto, que debe ser corregida inmediatamente para desinfartar el sistema judicial es, la congestión del sistema, por el legislador, quien en vez de  simplificar, hacer menuda las cosas lo complicó y congestionó todo, poniendo a  3 funcionarios a hacer la misma cosa, que hacía  1 antes, además de cargarle a la justicia ordinaria, elementales infracciones que en el anterior órden atendían funcionarios administrativos. Ahora con varias audiencias públicas totalmente ridículas, que implicaron sacar a los jueces de tareas verdaderamente medulares, como es la resolución de casos penales graves, para atender asuntos menudos en audiencia. Se trata del Procedimiento que establece la ley 600., ACCIDENTES DE TRANSITO CON LESIONES.  verdadero  adefecio jurídico, tiene paralizada y congestionada a la rama judicial y mamados a los jueces.

En COLOMBIA Y EN EL MUNDO MODERNO, de vehículos, avenidas y peatones, fuera de bicicletas, tricilos,  carretas, tiradas por menesterosos, y rocinantes, lo mas común y corriente son los accidentes de Transito. Estos accidentes que lo son por miles, todos los días en el territorio nacional, se los trasladaron a los jueces. Vea lo inteligentes que son nuestros legisladores, le mandaron al sistema judicial que ya estaba funcionando una carga de profundidad, que lo tiene paralizado.  3 o 4 reformas de DESCONGESTION DE LOS DESPACHOS JUDICIALES, se fueron al piso. Ahora los jueces, viven abarrotados en audiencias estériles e inútiles de , decretando la entrega de un carro y oyendo al de la zorra, esgrimir sus argumentos, para que le sea entregada, su carreta que yace en los parqueaderos del transito. Además de  varias audiencias públicas que tiene que chuparse para " tan complejo asunto. Es decir en ves de simplificar, progresaron -de progresion geométrica, complicaron las cosas.  Congestionaron la Fiscalia, y de paso a los jueces. Le metieron  1-) dos fiscales, uno para buscar la conciliación y otro para  la investigación. Adicionalemnte como si esto no fuera poco, le embutieron al pobre juez, para que falle en definitiva, lo que le sustancien los dos fiscales, además de las jartisimas audiencias, en las que el juez interventor, le ordena a los fiscales, entregar el vehiculo, como si el mismo- no lo pudiera hacer. 



 EL POBRE JOSE DOLORES, cuando recibe el carro, ya han pasado 3 meses, lo que antes duraba 4 dias, y los resolvia un INSPECTOR  DE POLICÍA. en un santiamén, AHORA 2 fiscales y un juez, no lo hacen en 60 días.. Como les parece el invento de nuestros legisladores. Y revisar a la famosa comision de juristas que reformó el sistema, porque parece que nunca pasaron por una Comisaría o inspección de policía.,.Tan   sencillo procedimiento debe ser restaurado. CASOS DE TRANSITO CON LESIONES PERSONALES MENORES DE 60 DIAS, DEBE SER RETIRADO DE FISCALES Y JUECES. sino la congestión será espantosa. TENDREMOS QUE QUINTUPLICAR EL NUMERO DE FISCALES Y ABSORBER LA TOTALIDAD DE LOS JUECES, PARA ASUNTO MENUDO. FDO. HUMBERTO BUSTOS FERNANDEZ, Dr. en Derecho.



3. Por último LA FISCALIA  hay que reducirla, entregandole a los jueces   LA INSTRUCCION DE LOS PROCESOS, para que este sea un Estado de derecho,  lOS JUECES REPRESENTAN LA MAGESTAD DE LA JUSTICIA,  el ciudadano cree en ellos porque dispensan justicia. Los fiscales por el contrario, son funcionarios públicos, que representan mas al Estado autoritario, su función principal es acusar,

LOS JUECES DE INSTRUCCION CRIMINAL DEBEN SER RESTAURADOS  por unidades autonomas mas eficentes, menos paquidermicas, y bien equipadas, a los cuales se les pueda exigir mas resultados. por parte de una autoridad como el CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. LA FISCALIA ES UN ENTE QUE ESTA DEVORANDO LOS RECURSOS DEL ESTADO. El fín con la que se creó por el Constitiuyente primario, fué para enfrentar a las grandes organizaciones criminales, para las cuales debe seguir operando, los delitos ordinarios, deben entregarseles nuevamente al sistema que funcionó por mas de medio siglo, con excelentes resultado, de operatividad y celeridad.


Para no causar un despido masivo, de funcionarios de la fiscalia, y no perder la preparacion y entrenamiento y capacidad operativa, los funcionarios de la fiscalia cesantes, seran reasignados a la investigación  criminal en los jusgados de instruccion,   pero no a cargo de la Fiscalia sino de los jueces, nombrados por ña rama judicial.

LOS INPECTORES DE POLICIA TRADICIONALES SERAN REHABILITADOS EN LO QUE LES ES PROPIO, ACCIDENTES DE TRANSITO Y LESIONES MENORES DE |60 DIAS,, QUE NO IMPLIQUEN DESFIGURACION FACIAL.  EL PROCEDIMIENTO PARA ESTOS CASO DEBE SER  ABREVIADO.  FDO  HUMBERTO BUSTOS FERNANDEZ. Dr. en Derecho. UNIVERSIDAD INCCA DE COLOMBIA.