TRANSPORTEPUBLICO DE PASAJEROS LEY 1222 del 22 de marzo/94

LA RESOLUCION 1222 DEL 22 DE MARZO DE 1994. Por medio de la cual se ordena a todos los buses y busetas de transporte publico de pasajeros en todos el paìs, instalar 2 ventanales dobles, a cada uno de los lados de los vehìculos. Ventanales corredizos, con vidrios de seguridad, para rompimiento en caso de emergencia, que deberan igualmente tener instalado un martillo percutor al alcance de los pasajeros, con el fìn de que sean utilizados como SALIDA DE EMERGENCIA en caso de incendio. Esta resoluciòn fuè de caràcter obligatorio y se expidiò en cumplimiento de la notificaciòn judicial proveniente del juzgado 48 penal municipal de Bògotà, que ordena al MINISTERIO DEL TRANSPORTE tomàr medidas inmediatas y urgentes, para salvaguar la vida y la integridad fìsica de los pasajeros, con fundamento en la acciòn de tutela presentada por el ciudadano HUMBERTO BUSTOS FERNANDEZ ante ese despacho judicial.

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